Respuestas de foro creadas

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  • alejo
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    El reglamento indica que el valor de puesta a tierra combinado con la sensibilidad del interruptor diferencial en locales húmedos no debe dar un resultado mayor de 24 V, esto nos lleva en condiciones normales a valores disparatados como son más de 800 Ohmios, pero la Guía Técnica de Aplicación si nos da un valor más razonable, en instalaciones con pararrayos el valor de la puesta a tierra no deberá exceder de 15 Ohmios, mientras que en edificios que no dispongan de pararrayos el valor máximo es de 37 Ohmios.

    alejo
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    Buenas.
    Si como comentas se trata de un edificio de viviendas, entiendo que el transformador será de compañía, entonces como indica la ITC-BT 08 en el punto 1.4. Aplicación de los tres tipos de esquemas, las redes de distribución públicas deben alimentarse mediante un sistema TT y se debe ejecutar y legalizar de este modo.

    alejo
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    Al tratarse de una instalación que debe estar a la intemperie efectivamente esta clasificado como local húmedo, con respecto a la exigencia del libro de mantenimiento es algo que depende de las Delegaciones provinciales, no del REBT, debes informarte en el municipio donde realices la instalación fotovoltaica.

    alejo
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    en respuesta a: Diseño de Croquis #171426

    Buenos días, el programa referencia es Autocad, nosotros disponemos en nuestra tienda también de SEE Building un programa mucho más económico y sencillo de manejar.

    alejo
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    Puedes certificar tu instalación sin mayor problema, especifica en la memoria descriptiva los trabajos realizados y será más que suficiente.

    alejo
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    Las oficinas de acuerdo a lo que indica la ITC-BT 28 se consideran locales de pública concurrencia si tanto por superficie como actividad pueden albergar a mas de 50 personas ajenas a la instalación, se debe estudiar el caso de cada oficina para considerarla o no.

    alejo
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    en respuesta a: Situación del IGA #159648

    Buenas Manuel,

    El interruptor general del suministro puede instalarse en otro cuadro acompañado de una protección diferencial aunque este cuadro se encuentra a un metro o menos, pero de lo que si deberá disponer el cuadro secundario es de un interruptor de corte general para los elementos ubicados en este, espero haberte resuelto la consulta.

    • Esta respuesta fue modificada hace 3 años, 5 meses por alejo.
    alejo
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    Buenos días, de acuerdo a la ley de propiedad horizontal solo tienes que notificarlo, no necesitas permiso; Lo que si es importante es la legalización y ejecución del punto de recarga por una empresa instaladora autorizada.

    alejo
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    en respuesta a: Cuadro antiguo #153878

    En este caso al ser un chalet y tener que instalar un esquema 4a la vivienda obligatoriamente debe ser de electrificación elevada y al realizarse esta modificación será preciso su legalización, pero tu te harás responsable de las modificaciones que realices, no de toda la instalación.

    alejo
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    La primera consecuencia es la de no cumplir con la reglamentación eléctrica de acuerdo al RD 1053/2014 ni el RD 842/2020, así como con las prescripciones del fabricante del vehículo, suponiendo que ante cualquier desperfecto en este debido al suministro eléctrico deba hacerse cargo de la reparación el cliente, en esta ocasión uno de los mayores peligros pueden ser tanto las sobretensiones de tipo transitorio como permanentes, pudiendo dejar sin servicio el inversor, las baterías o la totalidad de la electrónica del vehículo.

    El no emplear un circuito dedicado para este uso también supone el riesgo de cortes de suministro debido a las corrientes armónicas que genera la recarga del vehículo al no estar protegido mediante un diferencia exclusivo tipo A.

    alejo
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    El reglamento que es en lo que nosotros estamos especializados no hace referencia a ningún coeficiente de simultaneidad dependiendo de los cuadros que se instalen, ese valor debes estimarlo de acuerdo al consumo simultaneo de máquinas que puedan entrar en funcionamiento al mismo tiempo, no es lo mismo una cadena de montaje, donde antes de arrancar una máquina debe apagarse la anterior que otra actividad en la que existan varios bancos de trabajo, lamento no poder darte un valor, pero es mas complejo que lo que has podido leer.

    Con respecto a los coeficientes de simultaneidad para los motores, debes aplicarlo desde la línea que alimenta a cada motor individualmente, 1,25 por el motor alimentado o el de mayor potencia en el caso de existir varios motores, como las líneas que alimentan al total de la instalación, donde solo se lo debes aplicar al de mayor potencia.

    alejo
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    Puede ser, si nos lo aclarase si podríamos afinar en la respuesta.

    Con respecto a lo que comentas me alegro que la tramitación siga por su cauce, esperemos que los técnicos de compañía puedan ser ágiles.

    alejo
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    El circuito para IRVE, esquema 2 que únicamente puede emplearse en bloques de viviendas y nace desde el contador hasta el cuadro de protecciones del punto de recarga, si embargo, en las viviendas unifamiliares el esquema a emplear debe ser el 4a, en este caso el circuito para el IRVE nace desde el cuadro de protecciones de la propia vivienda.

    alejo
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    Al tratarse de una instalación de un punto de recarga con una potencia inferior a 10 kW, no es necesario conocer si esta en el interior de un garaje o a la intemperie, los 2 casos se legalizan del mismo modo, mediante memoria técnica de diseño.

    Al ser una instalación en Castilla la Mancha y depender de un suministro existente, debes legalizarlo como modificación de la vivienda e indicar el esquema del punto de recarga desde el contador hasta la estación.

    alejo
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    en respuesta a: Lampara Led #103437

    La normativa no indica nada al respecto, nosotros por experiencia y reuniones con varios fabricantes de control y regulación de iluminación nos han recomendado aplicar 1,8, esto se debe al factor de corrección que tienen las lámparas led.

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