Respuestas de foro creadas

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  • angel.nunez.tevez@gmail.com
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    en respuesta a: RD 244/2019 #160506

    Perfecto, en caso de no haber realizado dicha inscripción cuando el cliente quiera recibir la compensación de los excedentes a través de su comercializadora no le pondrán pegas verdad?

    angel.nunez.tevez@gmail.com
    Participante
    Número de entradas: 6

    Buenos días compañero.
    Como quedó el tema?
    Yo estoy en una situación similar con 1 punto que instalamos en una Nave con el esquema 4B, el cargador sale directamente desde su cuadro, Industria ahora me pide Proyecto nuevo de toda la instalación.

    angel.nunez.tevez@gmail.com
    Participante
    Número de entradas: 6
    en respuesta a: Cuadro antiguo #153897

    Perfecto Muchas Gracias.

    angel.nunez.tevez@gmail.com
    Participante
    Número de entradas: 6

    Buenos días.
    Según normativa debes consultar a Industria de tu comunidad y pelearte con ellos si te piden proyecto, porque como bien comentan si es instalación interior de <50KW o exterior de <10Kw en las tablas de la ITC 04 pone: Proyecto: Consulta a industria, y estos no tienen ni idea.

    Por otro lado, tengo una duda con un compañero a ver si alguno me la puede aclarar, él me dice que el esquema 2, para instalaciones individuales en edificios de viviendas, sostiene que es obligatorio subir cable del contador a la vivienda y bajarlo de la vivienda al punto de recarga, y yo sostengo que la derivación se puede hacer directamente a la salida del contador con un bornero, uno hacia la vivienda y el otro directo al punto de carga (con sus protecciones individuales).
    ¿Cómo lo veis?

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